Pronunciamiento: ¡defender el agua y el agro, es defender la vida!
La Junta de Usuarios Chili Zona Regulada, ante la entrada en operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales La Enlozada, por parte de Sociedad Minera Cerro Verde, viene siendo uno de los afectados en la disponibilidad de los recursos hídricos de la cuenca. Por lo cual queremos denunciar y sobre todo que la población conozca sobre la forma en que se viene administrando el agua.
Primero: Desde la década pasada, Sociedad Minera Cerro Verde, viene acaparando derechos de uso de agua de la cuenca Chili Quilca, en desmedro de los demás usuarios del sistema, especialmente del sector agrario, es así que ha pasado de contar solamente con 200 litros por segundo a 2,160 litros por segundo. Primero con la construcción de la presa de Pillones, le ha permitido incrementar en 960 litros por segundo y últimamente con la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales La Enlozada, ha logrado sacar del sistema 1,000 litros por segundo. Esto demuestra que las obras que publicita Cerro Verde como un beneficio para la ciudad de Arequipa, en realidad son en beneficio propio, ya que utilizando nuestros recursos naturales, logra utilidades multimillonarias, que no repercuten en nuestro beneficio.
Segundo: Para la obtención de los 1,000 litros por segundo, Sociedad Minera Cerro Verde, celebró un convenio marco con la empresa SEDAPAR, en la que esta última a cambio recibió la construcción de la infraestructura de la PTAR La Enlozada le entrega esta cantidad de agua. Así para la obtención del derecho de uso agua, se realizaron trámites ante la Autoridad Nacional del Agua, tomando como base la Resolución Jefatural N° 224-2013-ANA, que finalmente se legalizó con la Resolución Directoral N° 611-2013-ANA-AAA- I C-O, la cual le otorga una autorización de uso de agua por un volumen anual de 31,360,000 m3 o su equivalente de 1,000 litros por segundo, además de dar una autorización por el lapso de 29 años. Como es que nuestras autoridades se prestan a estos intereses subalternos en perjuicio de los agricultores.
Tercero: La dación de la Resolución Directoral N° 611-2013-ANA-AAA- I C-O, se ha dado a espaldas de todos los usuarios, nunca fueron consultados y menos informados, solamente se hizo con SEDAPAR y Sociedad Minera Cerro Verde, con desconocimiento de las juntas de usuarios de La Joya y del Chili Regulado, y de otros usuarios del sistema.
Cuarto: Durante el año 2015 de acuerdo a la Resolución Jefatural N° 315-2014-ANA, se constituyó al interior del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, el Grupo Técnico de Trabajo para la elaboración del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas (PADH). Producto de las reuniones de trabajo de este grupo, se llegó a elaborar dicho plan, el mismo que fue aprobado por Resolución Directoral N° 1144-2015-ANA-AAA- I C-O y se encuentra vigente y en plena ejecución.
Quinto: en dicho PADH en el Balance Hídrico, como parte de la oferta hídrica, se ha considerado las aguas residuales de retorno de la población, la cual es aproximadamente el 80% de las aguas captadas en el canal Zamácola y en el Río Chili para las Plantas de La Tomilla 1 y La Tomilla 2 con caudales de hasta 1,500 y 460 litros por segundo respectivamente. Sin embargo Sociedad Minera Cerro Verde, comunicó a la Autoridad Nacional del Agua, el cronograma de pruebas de la PTAR La Enlozada, el mismo que terminaba en el mes de diciembre del año 2015, habiendo captado 1,000 litros por segundo y no ha devuelto el agua al sistema, con el pretexto de que cuentan con la autorización respectiva.
Sexto: Esta derivación de agua ha ocasionado se presente alteraciones en el cumplimiento del PADH, produciéndose un desbalance del mismo, ya que con el retiro de 1,000 litros por segundo del sistema el agua no viene llegando la dotación de agua a La Joya, sin embargo Sociedad Minera Cerro Verde, a pesar del pedido de los agricultores en tanto se concluya con el PADH hasta el mes de marzo, retorne las aguas al sistema hidráulico, obteniendo una negativa contundente y prepotente.
Séptimo: Con esta actitud Minera Cerro Verde no viene respetando la ejecución del PADH, en perjuicio de los demás usuarios, a los cuales se les viene restringiendo y midiendo los caudales de agua de acuerdo al plan, sin embargo a ellos nadie los controla y se ve en su inconducta que hacen lo que quieren, e inclusive culpando a nuestra junta de usuarios como la causante de que La Joya no reciba su dotación de agua completa, haciendo hincapié que el agua que se tiene programada no alcanza para satisfacer las necesidades de nuestros agricultores, ya que en forma general regamos menos del 50% del área, porque no nos están entregando la dotación de agua que realmente nos corresponde de acuerdo a la licencia de agua.
Octavo: Es incompresible que nuestras autoridades favorezcan el accionar de la minera, que legalice la apropiación y acaparación progresiva de agua, mientras que a los agricultores que tenemos el derecho legítimo y prioritario de ampliar la frontera agrícola, siempre nos den una respuesta negativa indicándonos que no hay agua en el sistema.
Noveno: El reúso de las aguas residuales, según la ley, está supeditado a que este hecho no ponga en peligro la salud humana y el normal desarrollo de la flora y fauna y sobre todo que no afecte otros usos. Es acaso que la ineptitud de nuestras autoridades está permitiendo el abuso por parte de Cerro Verde, acaso nuestras autoridades no se dan cuenta del perjuicio que causa al sector agrario el retiro de 1,000 litros por segundo del sistema, a favor del sector minero. Estos hechos merecen una investigación, por parte de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público, lugares a donde acudiremos en busca de lo que no encontramos en nuestras autoridades de turno.
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